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Oferta de Empleo Público: Cómo hacer la Inscripción en Pruebas Selectivas

Desde el pasado lunes día 29 de enero, la Administración General del Estado, a través del Instituto Nacional de Administraciones Públicas (INAP) ha puesto en marcha los procedimientos de selección para cubrir 4.725 plazas en los cuerpos generales del Estado.

Esta convocatoria, que pertenece a las plazas propuestas en 2017 de oferta de empleo público, supone un incremento del 65%, o lo que es lo mismo, 1.858 plazas más respecto al ejercicio del año anterior.

Tras la publicación en el BOE de esta convocatoria de oferta pública de empleo, queda abierto un plazo de 20 días hábiles para que todos aquellos que estéis interesados podáis presentar vuestra instancia en aquellas oposiciones y promociones de 2018 que más os interesen.

Plazas disponibles y cuerpos

Esta convocatoria de oferta de empleo público comprende 630 puestos para el organismo de Gestión de la Administración Civil del Estado, de los cuales 430 son de ingreso libre y 200 de promoción interna. Otras 2.100 plazas están destinadas al Colectivo General Administrativo del Estado. En este caso, 800 son de ingreso libre y 1.300 internas.

Y por último, 1.200 vacantes, de las que 400 son de ingreso libre y 800 de promoción interna, para el Cuerpo General de la Administración del Estado

También, se han abierto procesos selectivos destinados al Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado, en total 340, de los cuales 200 corresponden al ingreso libre y 140 a procesos internos. Además de 455 vacantes para el organismo de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del Estado, 350 para ingreso libre y 105 para promoción interna.

Desde el Instituto Nacional de la Administración Pública se esperan más de 100.000 solicitudes. Sigue leyendo para conocer paso a paso el procedimiento a seguir.

convocatorias abiertas

Cómo apuntarse a las pruebas selectivas

Con la aplicación para Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) de la Red SARA se realiza el trámite de la inscripción en estos procesos selectivos y en otros procesos selectivos de la Administración General del Estado que se convoquen más adelante. La aplicación presenta las convocatorias abiertas en cada momento. También indica el último día de inscripción para cada una de ellas.

El trámite ofrece dos posibilidades:

  • Inscripción telemática: que consiste en rellenar el formulario de solicitud con el modelo 790, anexar documentos a la solicitud, pagar las tasas que correspondan y registrar electrónicamente la solicitud, todo por Internet. Necesitarás disponer de un certificado electrónico, del DNI electrónico o bien de una Identidad Electrónica para las Administraciones (Cl@ve).
  • Inscripción presencial: que consiste en rellenar el formulario de solicitud con el modelo 790 por Internet, imprimir todas las hojas, pagar las tasas en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras y presentar la instancia en una Oficina de Registro.

Inscripción en pruebas selectivas por Internet o presencial

El procdimiento es bastante sencillo en cualquiera de sus dos posibilidades ya que está guiado en todos sus pasos. Para el caso de la inscripción telemática se necesitará más paciencia pero nos ahorraremos los trámites presenciales de acudir a la entidad financiera y a la Oficina de Registro.

Inscripción telemática: Modelo 790 online

  1. Se accede a la aplicación Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS).
  2. Pulsar en la palabra «Inscribirse» de la convocatoria en la que se quiere participar.
  3. Identificarse de forma electrónica (edni, certificado o Cl@ve).
  4. Si la identificación es válida, entonces se mostrará el formulario 790.
  5. Se rellena el formulario y los datos económicos, conforme a las normas de la convocatoria correspondiente.
  6. Se realiza el pago telemático de la tasa de derechos de examen.
  7. Se firma digitalmente la solicitud de inscripción pulsando en «Firmar y Enviar» y se enviará entonces al Registro electrónico.
  8. Se recomienda imprimir y descargar el justificante devuelto por el Registro electrónico.

Inscripción presencial: Rellenar el modelo 790

  1. Se accede a la aplicación Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS).
  2. Pulsar en el icono de la impresora (Presencial – Imprimir modelo) de la convocatoria en la que se quiere participar.
  3. Se rellena el modelo 790 en línea, por Internet. Los datos de la convocatoria ya vienen rellenos. Faltarán los datos personales de quien se va a presentar. Al terminar se pulsa el botón «Generar solicitud». Si estuviera incompleta porque falten datos obligatorios de rellenar, la aplicación te avisa marcando en rojo los datos que estén afectados.
  4. Se imprimen todas las hojas y se firma en el recuadro que lo indica.
  5. Se paga la tasa de derechos de examen en una entidad financiera colaboradora.
  6. Se presenta en una Oficina de Registro según se especifique en la convocatoria.

En cualquier caso, se recomienda leer con detenimiento las normas e instrucciones que apliquen a cada convocatoria y consultar los manuales de ayuda y toda la información que se ofrece desde el Punto de Acceso General de la Administración, el teléfono 060 y el propio INAP.

Referencias

Empleo y becas en Punto de acceso general administracion.gob.es
Inscripción completa telemática en pruebas selectivas
Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) – Selección

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Cómo pedir cita previa en la Seguridad Social

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) dispone desde hace tiempo un servicio de cita previa por Internet, por teléfono y a través de su APP móvil. Esta cita previa nos servirá para hacer gestiones relacionadas con pensiones y prestaciones que se resuelven en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS). Con este servicio podemos obtener, consultar o cancelar una cita fácil y ráidamente.

En esta entrada explicamos cómo solicitar cita previa en la Seguridad Social. No necesitamos certificado digital o DNI electrónico.

Es un procedimiento sencillo que en todo momento viene acompañado de explicaciones detalladas. En este trámite iremos completando los siguientes pasos:

  • Pantalla inicial para indicar nuestros datos personales y pregunta de seguridad
  • Pasos del 1 al 7 para aportar los datos necesarios para la cita previa
  • Confirmación de la cita previa

Requisitos para la cita previa

  1. Para qué queremos la cita previa (tipo de prestación, información, otros…)
  2. Proporcionar un dato de contacto: un correo electrónico o móvil
  3. Dónde acudiremos: Comunidad autónoma y provincia
  4. Dónde acudiremos: Seleccionar una oficina de la provincia elegida
  5. Cuándo acudiremos: Elegir el día
  6. Cuándo acudiremos: Indicar la hora
  7. Confirmar todos los datos anteriores

Trámites que se pueden realizar con cita previa

Entre los trámites que puedes realizar con cita previa destacan:

Cita previa por Internet paso a paso

Desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social llegamos a este servicio pulsando en «Ciudadanos». Dentro de «SERVICIO A CIUDADANOS» vamos a «Servicios sin Certificado Digital» y entramos en el servicio llamado «Cita Previa»:

cita previa sin certificado

A continuación, elegimos «Obtener Cita Previa»:

obtener cita previa sin certificado

y en la siguiente pantalla entramos en “Acceso al servicio”:

Acceso al servicio Obtener cita previa

Datos personales y pregunta de seguridad

En esta pantalla rellenamos el tipo de documento, número de documento, nombre y apellidos de la persona que acudirá a la oficina. Además tendremos que responder a una pregunta para poder continuar. Y pulsamos «Continuar»:

Datos identificativos y pregunta de seguridad

1. Quién necesita cita previa

Ahora indicamos el motivo por el que queremos acudir a una oficina. Primero veremos unas categorías de servicio y luego según la elegida indicamos el servicio que mejor se ajusta a nuestra necesidad. Elegimos una categoría de la lista y pulsamos «Ir a…»:

De la lista de servicios de esa categoría, seleccionamos el que nos interesa y pulsamos en «Seleccionar y Continuar»:

cita previa paso 1

2. Proporcionar un dato de contacto: un correo electrónico o móvil

Indicamos un correo electrónico o un móvil donde nos enviarán la confirmación de la cita. En esa confirmación nos proporcionan un localizador de la cita que luego podremos usar para consultar o eliminar la cita. Pulsamos «Continuar»:

Indicar datos de contacto

3. Dónde acudiremos: Comunidad autónoma, provincia y oficina

Primero elegimos la Comunidad Autónoma y pulsamos en «Seleccionar y Continuar»:

Elegir Comunidad Autónoma
Luego marcamos la provincia y pulsamos en «Seleccionar y Continuar»:

Elegir provincia

De la lista de oficinas de la provincia elegimos la que nos interesa y pulsamos «Seleccionar y Continuar»:

Elegir oficina

4. Cuándo acudiremos: Elegir el día y la hora

Para la oficina elegida nos presenta el calendario disponible. Elegimos el día para la cita previa y pulsamos en «Seleccionar y Continuar»:

Elegir día

Para el día elegido nos presenta las horas disponibles. Seleccionamos aquella que nos viene bien y pulsamos en «Seleccionar y Continuar»:

Elegir hora

5. Confirmar los datos

Revisamos todos los datos de nuestra cita previa. Si estamos conformes pulsamos en «Confirmar y continuar»:

Confirmación de la cita previa

6. Confirmación de la cita

Si todo ha ido bien observaremos el siguiente mensaje «Su cita ha sido procesada correctamente» y nos proporcionará un localizador de la misma.

Mensaje de cita previa obtenida con éxito

Ya hemos terminado este trámite. Además recibiremos en el correo electrónico que facilitamos en el paso 2 un mensaje con los datos de la cita previa obtenida.

Cita previa con la Seguridad Social por teléfono

El teléfono habilitado por Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para solicitar cita previa en el INSS es el 901 10 65 70.

Esta línea ofrece un sistema automatizado de cita previa para la tramitación de ayudas, pensiones y otras prestaciones económicas de la Seguridad Social. Su horario es interrumpido, las 24 horas, los 365 días del año.

Una vez accedamos a este sistema, deberemos indicar el trámite para el queremos concertar cita, nuestro código postal para localizar la oficina más próxima y nuestro DNI o NIE.

El contestador nos ofrecerá la primera cita disponible en su calendario, que podremos confirmar o cambiar por otra, que siempre será posterior. Finalmente, obtendremos un número localziador con el que podremos consultar a posteriori el estado de nuestra cita, modificarla o anularla

Cita previa con la APP Seg-Social Cita Previa

Por otro lado, la Gerencia Informática de la Seguridad Social ha habilitado la aplicación «Seg-Social Cita Previa» para teléfonos móviles y tablets Android e IOS, a través de Google Play o la App Store.

App Seg-Social Cita Previa App Seg-Social Cita Previa

Para poder usar la app, el teléfono móvil desde el que se pide la cita debe ser el mismo que existe en la bases de datos de la Seguridad Social (recuerda que puedes consultar tus datos con la Seguridad Social en cualquier momento).  También necesitaremos estar registrados como usuarios del sistema Cl@ve, ya sea a través de DNI o certificado electrónico o presencialmente en una oficina.

Además de solicitar, modificar o anular nuestra cita de forma rápida, podremos:

  • Localizar la oficina más cercanas a nuestra ubicación
  • Guardar en nuestra agenda el lugar, fecha y hora de la cita
  • Facilitar nuestra información de contacto para posibles comunicaciones
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Cómo solicitar cita previa para renovar el DNI o el pasaporte

Pasaporte

Cada cierto tiempo es necesario renovar el Documento Nacional de Identidad (DNI) o bien expedir un nuevo Pasaporte para viajar al extranjero.

Si bien para realizar el trámite es imprescindible desplazarnos personalmente, desde hace tiempo es obligatorio solicitar cita previa, pudiendo hacerlo a través de Internet, reduciendo el tiempo dedicado a la gestión, o bien por vía telefónica. A continuación te explicamos cómo.

Cita previa por Internet

Para pedir nuestra cita para el DNI o Pasaporte por Internet,, hay que dirigirse a la web https://www.citapreviadnie.es o bien pinchar en el siguiente enlace. Es posible que aparezca una pantalla con un aviso similar a éste (en Google Chrome):

Error con el certificado

O éste ( En Mozilla Firefox):

Aviso Firefox

Sin entrar en más detalle, hacemos clic en «Proceed anyway (Chrome)» / «Añadir excepción (Firefox)» y continuamos. Dependiendo del navegador que se esté utilizando, el texto del aviso puede ser diferente. Tras ignorarlo se llega a la página de inicio:

cita DNI iniciar solicitud

Después de pinchar en «Iniciar la solicitud», veremos la pantalla siguiente:

Cita DNI tipo de documento

Ya sea para solicitar DNI o pasaporte, debemos introducir los siguientes datos relativos a nuestro DNI:

    • Número de documento y letra
    • Equipo de expedición (situado en el reverso del DNI): El equipo de expedición es un código alfanumérico de 9 caracteres que identifica a la oficina de Policía que emitió el documento. Es un código variable, ya que cambiará cuando si renovamos el DNI en una oficina diferente de la de la vez anterior. Este campo no será obligatorio si decidimos identificarnos con el NIE.
    • Fecha de validez (situada en el anverso del DNI).

Además, es necesario introducir los caracteres aleatorios que aparecen en pantalla. Tras rellenar la solicitud, hay que pinchar en «Enviar datos».

Nota: Si hemos perdido el DNI y por lo tanto no tenemos los datos que se nos piden, hay que pinchar en el siguiente enlace.

A continuación, se nos solicitará el trámite que queremos hacer:

Tercer paso

Las opciones son:

    • Solicitar DNI
    • Solicitar pasaporte
    • Solicitar DNI y pasaporte
    • Solicitar documentos para menores (DNI niños) o personas a nuestro cargo.

Tras elegir el trámite deseado, se solicita la Provincia en la que se desea efectuar. Es posible pinchar en el mapa o en la lista de la derecha de la pantalla. En este caso, voy a elegir Madrid:

Cuarto paso

En la siguiente pantalla aparecerán las oficinas disponibles en la provincia seleccionada:

Quinto paso

Debajo de cada oficina hay información sobre el horario y la disponibilidad de cita en los próximos días. Es posible filtrar las oficinas por localidad pinchando en «Cita rápida» o bien pinchar directamente en la oficina deseada. En la pantalla siguiente podemos ver la disponibilidad de citas en la oficina seleccionada:

Sexto paso

Al seleccionar mes y día, veremos el número de citas que hay en cada hora. Tras pinchar en la hora elegida, vemos la siguiente pantalla:

Septimo paso

En ella aparecen los detalles de la cita. Es posible introducir nuestro teléfono móvil para que se nos envíe un mensaje de texto con los detalles de la cita. Si todo es correcto, hay que pinchar en «Confirmar». Tras ello la cita queda confirmada:

Confirmación
En esta última pantalla podemos consultar la documentación que hay que llevar el día de la cita, anular la cita, imprimir el justificante en formato PDF o solicitar otro trámite.

Este trámite se ha probado correctamente en Google Chrome 24.0.1312.52 y en Mozilla Firefox 18.0 sobre el sistema operativo Linux Mint 13. No obstante, dada la simplicidad del trámite y la ausencia de firma electrónica, debería funcionar en cualquier navegador y sistema operativo.

Cita previa por teléfono

Si por el contrario no queremos realizar estos pasos, la Administración ha establecido el número 060 para pedir cita previa para el DNI y el Pasaporte por teléfono.

Llamando a este teléfono, podemos solicitar una cita nueva, consultar una cita anterior o anularla para pedir una nueva. Te recomendamos de todas formas que compruebes en la www.citapreviadnie.es tu oficina más cercana.

Este número funciona las 24 horas del día a través de un robot de atención automática, pero si prefieres recibir atención personalizada, los agentes están disponibles en el siguiente horario:

  • De lunes a viernes de 9:00 a 19.00 horas.
  • Sábados de 9:00 a 14:00 horas.
  • Durante el mes de agosto, De lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas, y los sábados igualmente de 9:00 a 14:00 horas.

Ten en cuenta que llamar al 060 no es gratis. El coste dependerá del que determine tu operador para llamar a un teléfono fijo nacional. Si por el contrario te encuentras en el extranjero, deberás llamar a un 902 con el prefijo +34: +34 902 887 060.

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Cómo dar de alta a un bebé en la Seguridad Social (INSS)

Tanto si se trata del nacimiento de un hijo biológico, como en el caso de una adopción o acogida, es importante dar de alta al niño en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) lo antes posible.

¿El motivo? Que se trata del trámite previo necesario para incluir a un bebé como beneficiario de la asistencia sanitaria pública de España. De este modo, se le asignará un pediatra que se encargará, por ejemplo, de los controles sanitarios posteriores al alumbramiento en el caso de los recién nacidos.

Es fundamental tener claro que, antes de dirigirte a tu centro de salud correspondiente para solicitar la tarjeta sanitaria para el menor, primero deberás darle de alta en el sistema general de la seguridad social.

A continuación, te contamos cómo incluir a un hijo en la Seguridad Social y las diferentes opciones posibles. ¡Sigue leyendo!

Bebé hospital

¿Cómo incluir a un bebé como beneficiario de asistencia sanitaria?

Para poder dar de alta a un bebé en la seguridad social, su nacimiento (o adopción) debe figurar en el Registro Civil correspondiente.

De manera generalizada, la inscripción del nacimiento puede y debe realizarse a partir de las 24 horas del alumbramiento y durante los siguientes 8 días naturales.

Desde el año 2015, es posible hacer este trámite desde el mismo hospital, pero solo en determinados casos (dependiendo del hospital y del registro correspondiente teniendo en cuenta la informatización y medios telemáticos de ambos).

Por otro lado, desde 2018, es posible dar de alta por Internet a los recién nacidos como beneficiarios de asistencia sanitaria y sin aportar ningún documento.

Cómo solicitar el alta para un bebé en la Seguridad Social

Incluir a un hijo en la seguridad social implica añadirlo como beneficiario en la “cartilla” de la Seguridad Social de alguno de sus progenitores.

Puede solicitarlo tanto la madre como el padre, siempre que ambos estén afiliados a la Seguridad Social. Si solo lo está uno de ellos, deberá ser este quien lo solicite y lo incluya como su beneficiario.

Existen 3 opciones para dar de alta a un recién nacido en la Seguridad Social, de manera rápida y sencilla:

  1. Por internet

Sin duda, la manera más cómoda de dar de alta al recién nacido si alguno de los padres está afiliado a la seguridad social. Si eliges esta opción, deberás acceder al trámite de Alta de Beneficiarios en la sede electrónica de la Seguridad Social.

Una vez dentro de este portal, podrás acceder a tu trámite online a través de tu DNI electrónico, certificado digital o contraseña Cl@ve.

Si quieres dar de alta a un bebé menor de 3 meses, puedes hacerlo por este método sin aportar documentación alguna. Basta con especificar la fecha de nacimiento, el nombre y los apellidos y el sexo del bebé.

El CAISS se encargará de comprobar los datos facilitados con los existentes en el registro. Insistimos, todos estos trámites dependen del nivel de informatización de cada registro civil. No siempre es posible hacerlos online.

  1. De forma presencial

Deberás acudir al Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) con cita previa y aportar la correspondiente documentación.

  1. Por correo ordinario

También puedes dirigir tu solicitud por correo ordinario a la delegación correspondiente del Centro de Atención e Información de la Seguridad Social, enviando la documentación que te mostramos en el próximo apartado.

Documentación necesaria para el alta en el INSS

Si presentas tu solicitud de manera presencial o por correo ordinario deberás aportar la siguiente documentación:

  • Libro de familia facilitado por el registro en el que figure la inscripción del nacimiento (imprescindible en el caso de matrimonio o de existencia de más hijos) o bien, certificado literal de nacimiento. Hay que recordar que si el registro está digitalizado y puede realizar el envío telemático de datos, no es necesario aportar esta documentación para el alta en la Seguridad Social de un bebé de menos de tres meses.
  • DNI de quien hace la solicitud.
  • Formulario P1, convenientemente cumplimentado. Se trata del modelo que sirve para solicitar la inclusión en el sistema de la seguridad social de cualquier ciudadano y tener la correspondiente asistencia sanitaria, tanto para una persona (asegurado) como para sus beneficiarios (cuando proceda).

Puedes completar este formulario por Internet, a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o bien solicitarlo presencialmente en alguno de los Centros de Atención e Información.

El modelo P1 de la Seguridad Social consta de varios apartados válidos para las distintas opciones. En este caso, deberás rellenar tus datos personales, como asegurado solicitante y también los correspondientes a tu descendiente menor de edad.

Tasas y periodo de validez del alta en la Seguridad Social

El alta en la seguridad social del bebé no implica coste económico alguno. Una vez realizada la solicitud, el reconocimiento de los derechos del pequeño a los beneficios de la seguridad social, incluida la asistencia sanitaria, se produce de manera inmediata.

Tras la inscripción, es necesario acudir al centro de salud correspondiente para tramitar la tarjeta sanitaria del recién nacido y la asignación de pediatra. Recuerda que debes llevar:

  • Original y copia del DNI
  • Certificado de empadronamiento del bebé
  • Copia del formulario P1 entregada en el CAISS
  • Tarjeta sanitaria del progenitor en cuya cartilla se incluya al niño como beneficiario

Prestación por maternidad o paternidad

Pedir una prestación por maternidad o paternidad es un trámite distinto al de dar de alta a un bebé en la Seguridad Social (INSS).

Sin embargo, puedes aprovechar la visita al CAISS para solicitar las prestaciones por maternidad y paternidad disponibles en caso de que tengas derecho a ellas.

Igualmente, este es un trámite que se puede realizar a través de Internet y sin tener que acudir presencialmente al Centro de Atención e Información de la Seguridad Social.

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Cómo obtener el certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea

El certificado de registro de ciudadano de la Unión es un documento personal fundamental para cualquier ciudadano de la Unión Europea o de otro Estado que haya firmado el acuerdo sobre Espacio Único Europeo para poder residir legalmente en territorio español transcurrido un periodo de tiempo superior a los tres meses desde su llegada.

Este certificado acredita que una persona está legalmente en el país aunque haya finalizado el plazo que se considera habitual para una estancia turística (máximo tres meses). A estos casos les ampara la libre circulación de trabajadores, principio fundamental establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Cómo inscribirse en el Registro Central de Extranjeros

Pese a existir, en la Unión Europea, la libre circulación de personas, si un ciudadano comunitario (o perteneciente a un país del Espacio Único Europeo)  decide continuar en España pasados tres meses, debe inscribirse en el Registro Central de Extranjeros. El certificado, sirve para confirmar esa inscripción y presentarlo siempre que un ciudadano lo necesite para realizar cualquier trámite (por ejemplo la solicitud de la nacionalidad).

Por supuesto, para obtener el certificado, habrá que estar inscrito en el registro. Si la idea es permanecer más de tres meses en territorio español, este trámite debe hacerse antes de que se cumpla ese plazo considerado “de turista”. Para hacerlo, basta acudir a la Oficina de Extranjería donde se vaya a residir o solicitarlo en la comisaría de policía correspondiente.

La inscripción es un trámite de extranjería que exige realizarse de manera personal. Una vez hecha, la obtención del certificado, para cualquier fin, es inmediata.

Si necesitas inscribirte en la Oficina de ExtranjerÍa, deberás cumplimentar el correspondiente impreso, que también puedes descargar vía internet, para rellenarlo en casa y presentarlo donde corresponda. La solicitud de inscripción en el Registro Central de Extranjeros como residente ciudadano de la Unión Europea se tramita a través del formulario EX 18.

Qué ciudadanos europeos pueden quedarse en España

La inscripción y la consiguiente obtención del certificado de registro de ciudadano de la Unión no es un trámite que se desarrolle de manera “automática”. No puede pedirlo cualquier persona ni en todos los casos.

El ciudadano que lo solicita debe encontrarse en alguno de los siguientes supuestos si quiere permanecer en España transcurrido el periodo de tres meses desde su llegada:

  • Ser trabajador por cuenta ajena o propia.
  • Disponer de suficientes recursos para no convertirse en una carga para la asistencia social española (por ejemplo contar con un seguro médico público o privado)
  • Ser estudiante (matriculado en un centro público o privado).
  • Ser nacional de un estado miembro y familiar que le acompaña o se reúne con un ciudadano que cumpla alguna de las condiciones anteriores.

Al iniciarse el trámite de inscripción y expedición del certificado, se exigirá documento acreditativo de la identidad (pasaporte, DNI), impreso de solicitud (EX18) y, además, la documentación que acredite alguno de los citados supuestos. 

pasaportes con bandera eu

En realidad, el certificado es la propia inscripción y lo expide la Oficina Provincial de Extranjería o comisaría de policía correspondiente (certifica el Ministerio del Interior). Puede solicitarlo cualquier ciudadano comunitario siempre que la inscripción se produzca cumpliendo con los requisitos exigidos y tras haberse abonado las tasas correspondientes.

Qué datos recoge el certificado

El certificado confirma la inscripción en el registro y, por tanto, la situación de residencia legal de ese ciudadano aunque lleve más de tres meses en España. En el documento aparecen claramente reflejados sus datos identificativos: nombre y apellidos, nacionalidad y domicilio en el que reside habitualmente; el número de identidad de extranjero (NIE) y fecha en la que se ha inscrito en el registro.

Procedimiento, tasas y validez

La única forma de obtener el certificado de registro de ciudadano de la Unión es de manera presencial, acudiendo a las Oficinas de Extranjería de las Delegaciones del Gobierno de  cada comunidad autónoma o, en su defecto, a la comisaría de policía en la que se haya hecho la correspondiente inscripción. En el caso concreto de este certificado, dada la documentación adicional que normalmente hay que presentar, la gestión telemática no es posible.

Lo que sí puedes obtener a través de internet es el impreso con el que abonar el pago de la tasa correspondiente. Actualmente el importe del certificado de registro de ciudadano de la Unión es de 10,71 €. Para abonar esta cantidad puedes rellenar el impreso 790, que encontrarás en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas (impreso válido para pagos de distintos certificados y documentos). El formulario permite el pago en efectivo (efectuando el ingreso correspondiente a favor del Tesoro Público) o bien el adeudo en cuenta corriente (cuyos números tendrás que facilitar).

El certificado tiene un periodo de validez de cinco años. Cumplido este tiempo, el interesado podrá solicitar un nuevo certificado que acredite su derecho a residir en España de manera permanente.

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