Archivos sobre: Certificados personales


Cómo ver y cambiar tus datos en la Seguridad Social

Sin duda, realizar consultas relacionadas con la Seguridad Social es algo muy frecuente, así como necesario para la mayoría de los ciudadanos. Seguro que alguna vez has necesitado modificar tus datos de teléfono y correo electrónico, cambiar tu domicilio, concertar una cita previa, saber tu número de SS, ver detalladamente tu vida laboral, etc.

Pues bien, en este artículo nos centraremos en explicarte cómo puedes ver y actualizar tus datos relativos a móvil, email y dirección en la Seguridad Social, tanto a través de la sede electrónica – ciudadano como en las diferentes app disponibles. ¡No te lo pierdas!

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Certificado de defunción: cómo y donde solicitarlo

El certificado de defunción es el único documento oficial que acredita el fallecimiento de una persona. Es necesario para poner realizar trámites muy diversos  como gestionar la pensión de viudedad, proceder al entierro o a un traslado de nicho, cancelar una cuenta bancaria o acceder a las prestaciones del seguro de vida de la persona fallecida o a su herencia.

Al igual que ocurre con los nacimientos o los matrimonios, los decesos también han de quedar inscritos en el registro civil correspondiente. A la hora de solicitar un certificado de defunción hay que tener en cuenta para qué es requerido, porque pueden ser de varios tipos, cada uno válido para una finalidad y unas circunstancias específicas. A continuación te contamos como obtener el certificado de defunción gratis.

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Cómo obtener el certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea

El certificado de registro de ciudadano de la Unión es un documento personal fundamental para cualquier ciudadano de la Unión Europea o de otro Estado que haya firmado el acuerdo sobre Espacio Único Europeo para poder residir legalmente en territorio español transcurrido un periodo de tiempo superior a los tres meses desde su llegada.

Este certificado acredita que una persona está legalmente en el país aunque haya finalizado el plazo que se considera habitual para una estancia turística (máximo tres meses). A estos casos les ampara la libre circulación de trabajadores, principio fundamental establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Cómo inscribirse en el Registro Central de Extranjeros

Pese a existir, en la Unión Europea, la libre circulación de personas, si un ciudadano comunitario (o perteneciente a un país del Espacio Único Europeo)  decide continuar en España pasados tres meses, debe inscribirse en el Registro Central de Extranjeros. El certificado, sirve para confirmar esa inscripción y presentarlo siempre que un ciudadano lo necesite para realizar cualquier trámite (por ejemplo la solicitud de la nacionalidad).

Por supuesto, para obtener el certificado, habrá que estar inscrito en el registro. Si la idea es permanecer más de tres meses en territorio español, este trámite debe hacerse antes de que se cumpla ese plazo considerado “de turista”. Para hacerlo, basta acudir a la Oficina de Extranjería donde se vaya a residir o solicitarlo en la comisaría de policía correspondiente.

La inscripción es un trámite de extranjería que exige realizarse de manera personal. Una vez hecha, la obtención del certificado, para cualquier fin, es inmediata.

Si necesitas inscribirte en la Oficina de ExtranjerÍa, deberás cumplimentar el correspondiente impreso, que también puedes descargar vía internet, para rellenarlo en casa y presentarlo donde corresponda. La solicitud de inscripción en el Registro Central de Extranjeros como residente ciudadano de la Unión Europea se tramita a través del formulario EX 18.

Qué ciudadanos europeos pueden quedarse en España

La inscripción y la consiguiente obtención del certificado de registro de ciudadano de la Unión no es un trámite que se desarrolle de manera “automática”. No puede pedirlo cualquier persona ni en todos los casos.

El ciudadano que lo solicita debe encontrarse en alguno de los siguientes supuestos si quiere permanecer en España transcurrido el periodo de tres meses desde su llegada:

  • Ser trabajador por cuenta ajena o propia.
  • Disponer de suficientes recursos para no convertirse en una carga para la asistencia social española (por ejemplo contar con un seguro médico público o privado)
  • Ser estudiante (matriculado en un centro público o privado).
  • Ser nacional de un estado miembro y familiar que le acompaña o se reúne con un ciudadano que cumpla alguna de las condiciones anteriores.

Al iniciarse el trámite de inscripción y expedición del certificado, se exigirá documento acreditativo de la identidad (pasaporte, DNI), impreso de solicitud (EX18) y, además, la documentación que acredite alguno de los citados supuestos. 

pasaportes con bandera eu

En realidad, el certificado es la propia inscripción y lo expide la Oficina Provincial de Extranjería o comisaría de policía correspondiente (certifica el Ministerio del Interior). Puede solicitarlo cualquier ciudadano comunitario siempre que la inscripción se produzca cumpliendo con los requisitos exigidos y tras haberse abonado las tasas correspondientes.

Qué datos recoge el certificado

El certificado confirma la inscripción en el registro y, por tanto, la situación de residencia legal de ese ciudadano aunque lleve más de tres meses en España. En el documento aparecen claramente reflejados sus datos identificativos: nombre y apellidos, nacionalidad y domicilio en el que reside habitualmente; el número de identidad de extranjero (NIE) y fecha en la que se ha inscrito en el registro.

Procedimiento, tasas y validez

La única forma de obtener el certificado de registro de ciudadano de la Unión es de manera presencial, acudiendo a las Oficinas de Extranjería de las Delegaciones del Gobierno de  cada comunidad autónoma o, en su defecto, a la comisaría de policía en la que se haya hecho la correspondiente inscripción. En el caso concreto de este certificado, dada la documentación adicional que normalmente hay que presentar, la gestión telemática no es posible.

Lo que sí puedes obtener a través de internet es el impreso con el que abonar el pago de la tasa correspondiente. Actualmente el importe del certificado de registro de ciudadano de la Unión es de 10,71 €. Para abonar esta cantidad puedes rellenar el impreso 790, que encontrarás en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas (impreso válido para pagos de distintos certificados y documentos). El formulario permite el pago en efectivo (efectuando el ingreso correspondiente a favor del Tesoro Público) o bien el adeudo en cuenta corriente (cuyos números tendrás que facilitar).

El certificado tiene un periodo de validez de cinco años. Cumplido este tiempo, el interesado podrá solicitar un nuevo certificado que acredite su derecho a residir en España de manera permanente.

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Certificado de nacionalidad española

Solicitar y obtener un certificado de nacionalidad española es un trámite personal poco habitual, ya que, en la mayoría de los casos, para acreditar la nacionalidad es suficiente presentar el DNI en vigor o el pasaporte.

Aun así, puede ser exigido a los españoles que residen en determinados países extranjeros que demandan una prueba más de acreditación de nacionalidad principalmente a la hora de iniciar algún procedimiento administrativo o judicial.

También los ciudadanos extranjeros que hayan obtenido la nacionalidad española, o estén en proceso de obtenerla, por otra vía que no sea la del nacimiento, pueden necesitarlo para trámites diversos. Lo mismo ocurre con las personas que cuentan con doble nacionalidad.

Es importante saber que el certificado de nacionalidad española no sustituye al DNI o al pasaporte. No te valdría, por ejemplo, para viajar fuera de España sin llevar la documentación habitual. Su función es ratificar la nacionalidad únicamente en aquellos casos en los que así lo exija un determinado organismo y para un fin concreto.

Quién lo expide y quien puede solicitarlo

Independientemente de la forma de adquisición, la inscripción de la nacionalidad siempre se realiza en el registro civil, por tanto, es este órgano de apoyo al Ministerio de Justicia el único que puede expedir el certificado de nacionalidad española.

Hay que tener en cuenta que en España la nacionalidad puede obtenerse por nacimiento y también por otros cauces, entre ellos: residencia por un periodo superior a diez años, matrimonio con un ciudadano español o carta de naturaleza (se concede de manera graciable por un motivo concreto).

Certificado de nacionalidad Española

La nacionalidad también puede perderse por determinadas causas y, tras el procedimiento correspondiente, volver a recuperarla. Cualquiera de estas situaciones queda reflejada en el registro civil, bien mediante anotaciones marginales en la inscripción del nacimiento o bien mediante un expediente de nacionalidad (que pueden encontrarse en tramitación).

Es decir, cualquier circunstancia que afecte a la nacionalidad (solicitud, inscripción, pérdida…) está en el registro civil, por lo que, solo éste es el organismo capacitado para expedir el certificado.

Puede solicitarlo cualquier persona que lo requiera y el certificado siempre será positivo, porque en caso de resultado negativo, es decir, la persona no figura inscrita en el registro como español, simplemente el certificado no se expide ni se otorga.

Dónde y cómo solicitarlo

Si necesitas obtener este certificado, deberás dirigirte al registro civil correspondiente a tu domicilio. Se trata de un trámite particular que, en este caso, solo puede solicitarse de manera presencial acudiendo al registro. Para poder gestionar la petición deberás indicar, entre otros datos: nombre, apellidos y lugar de nacimiento e identificarte convenientemente.

Cómo se tramita

La instrucción de 14 de abril de 1999 de la Dirección General de los Registros y del Notariado determina que el encargado del registro civil tiene la facultad de “declarar en expediente la nacionalidad española de una persona”.

Cuando se solicita el certificado, se abre un expediente cuya tramitación puede ser muy sencilla o algo más compleja. Se trata de comprobar los datos que figuran en el registro. Por ejemplo, en el caso de una persona española por nacimiento, cuya inscripción en el registro no refleje nota alguna que indique que haya perdido la nacionalidad, el tiempo de tramitación es mínimo y la obtención del certificado también.

Hay casos más complejos, por ejemplo, aquellos en el que los datos de la partida de nacimiento no coinciden con los de los progenitores. Todas las posibles circunstancias y anotaciones que figuren en el registro deberán ser comprobadas, por eso, el certificado de nacionalidad española, acredita esta nacionalidad siempre “con valor de presunción”.

Una vez que el encargado del registro declara en expediente la “presunta” nacionalidad española de una persona, puede expedirle el correspondiente certificado.

Qué datos incluye

El certificado de nacionalidad española es un documento muy simple que recoge el número de expediente de solicitud y tramitación, y señala el nombre, la fecha y el lugar de nacimiento del interesado.

Acredita la nacionalidad española y debe llevar la fecha de expedición así como la firma y sello del registro. En caso de comunidades autónomas con lengua oficial propia aparte del castellano, el certificado será bilingüe.

Tasas y tiempo de tramitación

Los certificados expedidos por los registros civiles son gratuitos, Respecto al tiempo de tramitación es muy variable, depende de cada registro y de cada caso, no superando generalmente los 10 días.

Si necesitas solicitar este certificado, te recomendamos que compruebes si es necesario solicitar cita previa en el registro civil en el que necesites realizar el trámite.

 

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Cómo obtener el certificado provisional sustitutorio para la Tarjeta Sanitaria Europea

El Certificado provisional sustitutorio (CPS) es un documento personal e intransferible que acredita el derecho a recibir atención sanitaria durante una estancia temporal que tenga lugar en alguno de los países del Espacio Económico Europeo o en Suiza.

Como su nombre indica, este documento está pensado para sustituir de manera provisional a la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE), manteniendo sus mismas coberturas, es decir, si tienes esta tarjeta en vigor, no necesitarías en ningún caso el certificado.

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